El Consejo de Estado, admitió la demanda presentada contra la elección de Leopoldo Alberto Múnera Ruíz, como rector de la Universidad Nacional y negó la petición de suspender provisionalmente los efectos jurídicos de los actos que contienen dicho nombramiento.
La Sección Quinta concluyó que definir los alcances de las decisiones adoptadas por el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional, antes de la designación de Leopoldo Alberto Múnera Ruíz (Res. 067 de 2024), requiere del agotamiento del periodo probatorio y es un aspecto que se debe resolver en el fallo que ponga fin a la controversia.
Así las cosas, el proceso electoral continuará su trámite y será la sentencia donde defina respecto de la legalidad de la elección que se pide anular.