Declaran nula norma que sometía los aportes para el subsidio familiar a la aprobación del Confis



El Consejo de Estado estableció que los aportes para el subsidio familiar que administran las cajas de compensación no deben ser sujetas a aprobación del Consejo de Política Fiscal (Confis).

La corporación declaró nulo parte de un acto administrativo que permitía que esta prestación fuera una de las contribuciones parafiscales que debían ser incluidas en presupuesto independiente del presupuesto general de la Nación y sometidas a aprobación del Confis.

La sala estableció que los aportes para el subsidio familiar constituyen una prestación social que tiene como finalidad ayudar al sostenimiento familiar de trabajadores de medianos y bajos ingresos que tienen personas a su cargo. Eso significa que están destinadas al financiamiento del sistema de seguridad y, por lo tanto, hacen parte de las contribuciones parafiscales que están exceptuadas por la ley de ser sometidas al control del Confis.

El fallo también señala que, al habérsele atribuido esta facultad al Confis, se desconocía que la autoridad competente para vigilar y controlar el presupuesto de las cajas de compensación familiar era la Superintendencia del Subsidio Familiar.






Consejo de Estado | – Justicia – Guía – Control