La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de nombramiento, en encargo, de Manuel Peña Suárez, como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
El alto tribunal, en reiteración del fallo de 5 de septiembre de 2024, precisó que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, la designación en la modalidad de encargo es improcedente, comoquiera que para esta clase de empleos se exige dedicación exclusiva, y en el caso concreto, el accionado fungió concurrentemente como jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), adscrita al Ministerio de Minas y Energía.