Niegan demanda de nulidad de la elección del representante por la Circunscripción de Paz 5 Jhon Fredy Ramos



La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de las demandas presentadas contra la elección de Jhon Fredy Ramos Núñez, como Representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz 5 (CITREP 5), periodo 2022-2026, al concluir que no incurrió en la inhabilidad del parágrafo 2º del artículo 5º del Acto Legislativo 02 del 2021.

La Sala de lo electoral concluyó que, en los términos del parágrafo 2º del artículo 5º del Acto Legislativo 02 del 2021, no pueden postularse para ser Representantes a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz aquellas personas que, dentro de los cinco años anteriores a su inscripción, fueron candidatos por un partido político que perdió su personería jurídica.

Así las cosas, de las pruebas aportadas al expediente, se determinó que el demandado no fue candidato del partido político Opción Ciudadana, el cual perdió su personería jurídica en 2018, durante los cinco años anteriores a la inscripción de su candidatura a la Cámara de Representantes por la CITREP 5 y, en este orden, no está incurso en la causal de inhabilidad a la que se alude en las demandas.

De igual forma, los demás cargos de las demandas acumuladas también fueron negados.






Consejo de Estado | – Justicia – Guía – Control