Director de la Agencia Nacional de Tierras no podía eliminar facultad de la entidad para adquirir predios invadidos u ocupados irregularmente



El Consejo de Estado precisó que la ley no otorga facultades al director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para eliminar la competencia del Consejo Directivo de la entidad de adelantar procesos de adquisición de tierras invadidos u ocupados irregularmente.

Con esos argumentos, la sala declaró la nulidad de los apartes de una directiva del 2020, en la cual el director de la ANT determinó que ese organismo debía abstenerse de adelantar procesos para la adquisición de los bienes que se encontraran bajo esas condiciones de irrupción de terceros.

El Consejo de Estado precisó que, mientras la ley autoriza a que la Agencia inicie procesos de los predios invadidos en ciertos casos, el acto demandado estableció una limitación general, imponiéndole a la autoridad encargada abstenerse de ejercer una facultad prevista por el legislador.

Aunque esta directiva del 2020 ya fue derogada, la sala aclaró que procede adelantar el juicio de legalidad sobre ella, debido a que, en su momento, surtió efectos jurídicos.






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