Mediante sentencia proferida el 31 de octubre de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones en un proceso acumulado, que buscaba la nulidad del acto de elección de la Gobernadora del Chocó.
En las demandas se alegó que la señora Córdoba Curi a pesar de ser avalada a la Gobernación del Chocó por el Partido Liberal Colombiano, apoyó indebidamente a Graciela Moreno a la Alcaldía de Medio Atrato, Alexander Valencia para el Concejo de Quibdó, Jesús Omar Rentería Borja a la Alcaldía de Quibdó, Vivian Abadía Gamboa a la Asamblea Departamental de Chocó y Harold Mosquera Rengifo a la Alcaldía de Quibdó, candidatos pertenecientes a otros partidos políticos.
TLa Alta Corporación advirtió que de las pruebas aportadas con las demandadas no se demostró que la señora Nubia Carolina Córdoba Curi incurrió en la prohibición de doble militancia por apoyo, puesto que de las fotos y los videos aportados, solo se observan gestos de agradecimiento de la demandada por haber recibido el apoyo de algunos de esos candidatos.