Absuelven a la Nación por homicidio de un civil y el desplazamiento forzado de su grupo familiar

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Absuelven a la Nación por homicidio de un civil y el desplazamiento forzado de su grupo familiar

El Consejo de Estado estableció que la Nación no fue responsable del daño que sufrió una familia que, luego del asesinato de uno de sus hijos, sufrió un episodio de desplazamiento forzado en Planadas (Tolima) en 1996. La alta corte advirtió que, si bien se probó la ocurrencia de los perjuicios, no se evidenció acción u omisión de parte de las autoridades accionadas que pudiera haber originado los padecimientos.

La demanda la interpusieron los familiares desplazados. Relataron que supuestos integrantes de la subversión invitaron al muerto a que se enrolara al grupo armado ilegal, pero que este se rehusó. Esta circunstancia y el afán de tomar represalias contra ellos por darle alimentos a miembros de la Policía Nacional, habrían desatado tanto el asesinato, como las amenazas que llevaron al desplazamiento, obligándolos a dejar atrás el restaurante del cual obtenían su sustento.

Para los accionantes, el daño era atribuible a la Nación-Ministerio de Defensa – Ejército Nacional – Policía Nacional y la Nación-Fiscalía General de la Nación. Por esa razón interpusieron la demanda, con miras a obtener una reparación de al menos 1.000 millones de pesos.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima negó las pretensiones. Aun cuando el asesinato de uno de los integrantes de la familia y el desplazamiento forzado al que se vio sometida fue concebida como la acreditación del daño, la corporación judicial estableció que las entidades demandadas no eran responsables de dicho perjuicio. Indicó que, si bien en la época de los hechos Planadas era blanco de la violencia de los grupos armados, no había prueba de que los demandantes estuvieran en peligro, que hubieran recibido amenazas o enfrentaran otra situación de riesgo de la que las autoridades hubieran sido informadas previamente. La responsabilidad exclusiva, dijo, fue de un tercero.

Los demandantes apelaron la decisión, con la intención de que el Consejo de Estado accediera a la reparación. Sostuvieron que la Policía y el Ejército eran responsables por no haber hecho presencia en Planadas, pese a que en el municipio se ubicaba la vereda Gaitanía, donde quedaba Marquetalia, que fue el lugar donde nació la guerrilla de las Farc. A su juicio, era desproporcionado exigir a las víctimas el deber de denunciar las amenazas, pues era claro, dicen, que los responsables del homicidio iban a tomar represalias contra los familiares por proveer de alimentos a los policías. A pesar de que al momento de interponer la denuncia no les fue posible señalar con nombres y apellidos a los supuestos responsables, precisaron, las autoridades tuvieron conocimiento de lo ocurrido.

Además, señalaron que los hechos ocurrieron muy cerca de una estación de Policía y que, por esa razón, ante el contexto violento que enfrentaba la población de Planadas y el conocimiento sobre la actividad comercial que allí desarrollaban los demandantes, está probada la falla en el servicio en la que incurrieron las autoridades accionadas.

Como primera medida, el Consejo de Estado determinó que la Fiscalía General de la Nación carece de legitimidad en la causa, pues ninguna de sus funciones se compagina con el servicio de seguridad y protección que no habrían recibido los demandantes, produciendo el daño antijurídico.

La alta corte negó las pretensiones de la demanda. Determinó que no se probó la coacción física que sufrieron los accionantes, ni se allegaron copias de las denuncias por las amenazas. Frente al contexto de violencia que han enfrentado muchas regiones en Colombia, como era el caso, indicó que, aunque es deber del Estado proteger a los ciudadanos cuando son víctimas de este tipo de hostigamientos, al no recibir la denuncia sobre estas circunstancias, no hay lugar a reparar a las víctimas ante la ausencia de este tipo de servicio. Agregó que tampoco están demostradas las razones concretas que condujeron al desplazamiento de los accionantes.