Niegan solicitud para conceder registro provisional a los premios Fundación de la mujer
El Consejo de Estado negó una solicitud que buscaba que se les concediera registro provisional a los premios Fundación de la mujer, para identificar servicios de publicidad, operaciones monetarias, servicios de diseño, entre otros afines (señalados en las clases 35, 36 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza), a nombre de la sociedad Fundación de la mujer SAS.
La Fundación presentó una demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, contra las resoluciones por medio de las cuales la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le negó al registro. Además, solicitó suspender los actos administrativos, mientras se emitía un juicio de fondo en torno a la legalidad de estas determinaciones. Su propósito era que, mientras se resolvía la controversia, pudiera gozar del registro marcario.
Según la recurrente, se desconocieron las condiciones que la Comunidad Andina de Naciones ha impuesto para no registrar marcas que puedan afectar el derecho a la propiedad privada originadas en un signo previamente registrado (señaladas en el literal f) del artículo 136 de la decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones). A juicio de esa entidad, la marca era lo suficientemente distintiva. Agregó que la supuestamente afectada por este proceso, la Fundación de la mujer, presentó certificación en la que afirmó no verse perjudicada por este registro, en la medida en que la solicitante, la sociedad Fundación de la mujer SAS, es su subordinada.
El Consejo de Estado determinó que, como en este caso se requiere de la interpretación prejudicial del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones, no procede acceder a la solicitud de suspensión provisional de los actos por medio de los cuales la SIC negó el registro a la marca.