noticias

Consejo de Estado niega demanda de casi $3.000 millones contra Ecopetrol

El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda por medio de la cual una empresa contratada para administrar los archivos de Ecopetrol pretendía que esta última le pagara casi 3.000 millones de pesos.

La accionante buscaba que la petrolera le reconociera los perjuicios que, a su juicio, se produjeron cuando no se le reconoció el pago de uno de los servicios que prestó, en ejecución de ese pacto contractual.

Relató que un segundo contratista de Ecopetrol, encargado de identificar documentos que no fuera necesario conservar, acudió a uno de los servicios objeto del contrato en cuestión, al acceder a las bodegas en las que la accionante mantenía los archivos a administrar.

La demandante expidió la respectiva factura, por la prestación del servicio de préstamo y consulta del archivo, pero Ecopetrol la rechazó, por considerar que, en realidad, solo se trataba de un préstamo de documentos. Como la contratista no recibió remuneración por la prestación y no se le reconocieron gastos de transporte en los que, dice, tuvo que incurrir, interpuso esta demanda, en ejercicio de la acción de controversias contractuales. Pretendía que se declara el incumplimiento de la contratante y que se le se le reconocieran los valores no pagados por dicha transgresión.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones. Concluyó que el acceso a los archivos del contratista demandante no supuso la prestación de un servicio de consulta y préstamo de archivos. Para esa corporación judicial, en este caso no evidenció el cumplimiento de ninguna prestación sujeta a los compromisos contractuales de la accionante.

La empresa interpuso recurso de apelación, con la intención de que el Consejo de Estado accediera a las pretensiones de su demanda, alegando que el Tribunal interpretó inadecuadamente cuáles eran sus deberes como ejecutor del contrato. Sin embargo, la corporación judicial no accedió al recurso.

Según el fallo de segunda instancia, no se probó la prestación de los servicios frente a los cuales se presentó el cobro. Dado que el contrato exigía que la empresa acreditara el servicio de consulta y préstamo de documentos mediante un procedimiento de registro y control, la corporación judicial encontró que no se demostró adecuadamente el cumplimiento de ese requisito. Precisó que el documento y los testimonios aportados al expediente no tenían la capacidad de acreditar la aludida exigencia.