Consejo de Estado explica por qué la Policía y la Asamblea del Valle deben reparar al exdiputado Sigifredo López, tras ser secuestrado por las Farc
El Consejo de Estado concluyó que la administración incumplió su obligación de implementar medidas de seguridad a favor de los diputados de la Asamblea del Valle que fueron secuestrados por las Farc en Cali (Valle) hace 20 años. Por esa razón, la alta corte condenó al cabildo departamental y al Ministerio de Defensa – Policía Nacional a pagarle al exdiputado vallecaucano Sigifredo López 200 millones de pesos.
La decisión obedece a una demanda de reparación directa que interpuso la víctima, con la intención de que se le resarcieran los daños causados por su plagio y el cautiverio al que se vio sometido por casi siete años.
Relató que, pese a que el presidente de la Asamblea Departamental solicitó en más de una ocasión incrementar la seguridad en el recinto en el que sesionaba este órgano de deliberación, por los graves problemas de orden público que enfrentaba el país, las autoridades no tomaron ninguna medida especial. A juicio del demandante, ello propició que los guerrilleros de las Farc responsables de su plagio ingresaran sin limitaciones al cabildo, convencieran a los diputados de la necesidad de abandonar el lugar ante una falsa amenaza de bomba y pudieran llevárselos para secuestrarlos y mantenerlos cautivos en diversas y recónditas zonas montañosas del país, hechos que se registraron a partir del 11 de abril del 2002.
Varios medios registraron cómo 11 de los 12 asambleistas secuestrados fueron asesinados por los guerrilleros el 18 de junio del 2007, en tanto que el diputado López permaneció cautivo hasta el 5 de febrero del 2009, cuando fue liberado por el grupo subversivo, tras una operación humanitaria concertada con diversas organizaciones y autoridades. Dado que no se tomaron las medidas que solicitó el presidente de la Asamblea para garantizar la seguridad de los diputados, el demandante consideró que la acción de las Farc fue consecuencia de una falla en el servicio, por incumplimiento de las obligaciones que tenía el Estado de ofrecer protección y seguridad a los diputados.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Valle condenó al Ministerio de Defensa – Policía Nacional y a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca a pagarle 100 salarios mínimos mensuales vigentes a la víctima, por considerar que estos organismos no tomaron medidas eficaces de seguridad a favor de los diputados, pese a que se tenía conocimiento del riesgo al que se enfrentaban. Sin embargo, la decisión fue objeto de apelación por parte del exdiputado y de la Policía Nacional, lo que condujo a que el Consejo de Estado se pronunciara sobre el caso en segunda instancia.
La alta corte ratificó la responsabilidad administrativa de la Asamblea y el Ministerio de Defensa – Policía Nacional. Para la sala, la falta de medidas especiales de seguridad por parte de las autoridades demandadas, pese a que así lo exigían la situación de orden público y las solicitudes que hizo el presidente de la Asamblea al respecto, prueban la falla en el servicio en la que incurrió la administración y la obligación que tiene de reparar el daño.
Según el fallo, si bien los perjuicios fueron causados por un tercero, en este caso la guerrilla de las Farc, se evidencia la falta de acciones por parte de las autoridades demandas para evitar la ocurrencia de tales perjuicios. Anotó que, contrario a lo dicho por el demandante, el Ejército Nacional no guarda responsabilidad en este caso, porque, si bien en ese entonces se sabía del riesgo que enfrentaban los integrantes de corporaciones públicas en todo el país, no había sido alertado expresamente sobre la necesidad de tomar medidas preventivas de seguridad a favor de los diputados secuestrados.
Finalmente, el Consejo de Estado modificó el fallo de primera instancia y elevó de 100 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes el valor de la condena.