Protegen derechos de beneficiarios de plan de vivienda para reasentamiento de habitantes de zona de alto riesgo en Medellín
Se resuelve acción de tutela que ampara transitoriamente los derechos de las personas que viven en situaciones de riesgo, en la zona aledaña a la quebrada La Picacha y se ordenó que se respetara la opción de acceder a una unidad de vivienda, en el proyecto La Playita.
La génesis del litigio es una demanda de acción popular por medio de la cual el Tribunal Administrativo de Antioquia impartió directrices al municipio y otras autoridades, para proteger los derechos colectivos de los habitantes aledaños a la microcuenca de la quebrada La Picacha, por presentar movimientos erosivos y movimientos de masa. La decisión obligaba a estas entidades a reubicar a las personas que enfrentaran el mayor peligro de desastre, entre otras medidas encaminadas a mitigar el impacto ambiental en la zona y evitar posibles catástrofes futuras.
Dado que la apelación al fallo fue concedida en el efecto suspensivo, lo que significa que, mientras se estudia el recurso, las órdenes judiciales emitidas en la sentencia de primera instancia deben cumplirse, algunos de los ciudadanos reconocidos en el proceso consideraron que las autoridades desatendieron las obligaciones emergidas, incluso, a partir de unas medidas cautelares en firme que fueron emitidas antes del fallo.
Concretamente, invocaron la protección de sus derechos a la vida, la integridad personal, la vivienda digna, entre otros principios supuestamente afectados, luego de que un decreto estableciera que el proyecto habitacional de La Playita, ya no tendría vivienda de interés prioritario (VIP), sino que se compondría de viviendas de interés social (VIS). Ello implicaría que el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín (Isvimed) diera esas viviendas imponiendo un costo de 50 millones de pesos adicionales para estas personas.
De ahí la demanda de tutela. Los accionantes sostuvieron que la decisión del municipio de cambiar las condiciones de acceso a vivienda en el proyecto La Playita Plan Parcial Belén desconoce los parámetros de reasentamiento previstos en el proceso de la acción popular. Por esa razón, solicitaron el amparo del juez constitucional, a fin de que se mantuvieran las condiciones que el Ismived y la comunidad acordaron para que los demandantes y demás habitantes del lugar accedieran a vivienda digna, mediante los subsidios.
El Consejo de Estado amparó los derechos de las personas excluidas de las condiciones originarias para ser beneficiarias del proyecto La Playita, de manera transitoria. Ordenó incluirlas, sin imponerles los cobros adicionales que de allí se derivaban. Lo anterior, en la medida en que así se previó en el fallo popular.