Por incurrir en doble militancia se declara la nulidad de la elección del alcalde de sincelejo 2020-2023
La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección del señor Andrés Eduardo Gómez Martínez como alcalde de Sincelejo para el período 2020–2023 porque se demostró que incurrió en la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo.
La Sala revocó la sentencia del 4 de noviembre de 2021 del Tribunal Administrativo de Sucre que negó las pretensiones de la demanda pues, contrario a lo que concluyó el tribunal, la valoración conjunta de todos los medios de prueba y en especial de un testimonio que se corroboró con fotografías, videos, declaraciones extraproceso y demás declaraciones rendidas dentro del proceso, se estableció un acuerdo entre los señores Andrés Eduardo Gómez Martínez y Yahir Acuña Cardales para adelantar una campaña política conjunta al punto de manejar una identidad entre las dos campañas como la coincidencia de colores, tipografía, eventos e incluso de propaganda. Aunque la propaganda fue sufragada por terceros.
Además, porque en distintos actos de campaña se evidenció dicha identidad e incluso hubo manifestaciones positivas del señor Gómez Martínez en favor de un candidato ajeno al de su coalición.
En tales condiciones, con base en la postura jurisprudencial pacífica de la Sección Quinta, según la cual la modalidad de apoyo se configura con cualquier comportamiento que pueda favorecer los intereses de otro candidato en la contienda electoral, se concluyó que, aunque el demandado fue avalado por el Partido Cambio Radical, que junto con los partidos Conservador y Centro Democrático conformaron la coalición Todos por Sincelejo, que inscribió candidato propio a la Gobernación de Sucre, el señor Andrés Eduardo Gómez apoyó la campaña electoral de Yahir Acuña Cardales, quien aspiró al cargo de gobernador de ese departamento por el grupo significativo de ciudadanos Cien por ciento por Sucre.