Consejo de Estado mantuvo la investidura del diputado del Tolima Renso Alexander García Parra
El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que buscaba que se decretara la pérdida de investidura del diputado del Tolima Renso Alexander García Parra, señalado por la parte actora de violar el régimen de conflicto de intereses, al no haberse declarado impedido en un debate en el que se discutió la reestructuración de la Universidad del Tolima, pese a que el dirigente demandó a esa entidad al haber sido desvinculado de ella.
La presente acción señala que el demandado, antes de haber sido diputado, había sido secretario académico de la Universidad del Tolima, cargo del cual fue declarado insubsistente de manera tácita, debido a un proceso de reestructuración por ajuste financiero de esa entidad. Anotó que el dirigente interpuso una demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra esa decisión, proceso que todavía está pendiente de ser resuelto. De ahí las pretensiones de desinvestidura por supuesto conflicto de intereses.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Tolima negó las pretensiones. Sostuvo que, en las actuaciones del diputado durante las sesiones de mayo, junio y noviembre del 2020, no se probó que hubiera buscado provecho alguno para sí o sus allegados, pues en esas sesiones no se llevó a cabo debate o votación alguna, de ahí que no se evidenciara tampoco que hubiera circunstancias que lo obligaran a declarar su impedimento.
El demandante apeló la decisión, en busca de que el Consejo de Estado declarara la pérdida de investidura. Sostuvo que la existencia de un proceso judicial relacionado con los temas discutidos en esas sesiones de la Asamblea del cual el diputado espera obtener un resarcimiento económico, sí constituye un interés directo, particular y actual. Para respaldar su tesis, trajo a colación la sentencia SU-373 del 2019 de la Corte Constitucional. Además, explicó los detalles específicos de los debates que, a su juicio, demuestran que se produjo la causal de pérdida de investidura.
El Consejo de Estado negó las pretensiones. Indicó que, aun cuando en los debates se estuvieran discutiendo los procesos de reorganización por restructuración financiera, que dieron lugar a que el diputado fuera desvinculado de la entidad, acto que aquel demandó ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en tales sesiones no se debatió nada relacionado con ese proceso judicial. Aclaró que la animadversión del dirigente contra esos procedimientos no evidencia que exista ningún interés particular de su parte que pueda derivarse de los debates en la Asamblea.